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Mostrando las entradas de mayo, 2019

Historia del Código de Comercio de Ecuador

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HISTORIA DEL CÓDIGO DE COMERCIO DE ECUADOR Introducción Mediante el análisis del código de comercio del Ecuador nos podemos dar cuenta que es una agrupación de normas o leyes, que rigen a las personas o grupos de perso nas que se dedican a determinados actos de comercio en ejercicio de su profesión, el código de comercio se presentó hace más de 100 años, la cual contiene toda la materia mercantil que tiene origen Italiano, también se apega al código español, el cual lo adopto el Ecuador en 1831. Desarrollo Derecho Mercantil o Derecho Comercial, es el ente legal o normativa que regula los actos de comercio,  el cual forma parte del Derecho Privado quien a su vez controla o sanciona la actividad del comercio tanto en personas jurídicas como naturales, al igual que sirve para proteger desde el poder público los actos mercantiles desde los consumidores hasta los proveedores. El Derecho Mercantil, es considerado individualista al ser parte del derecho Privad...

Codigo Civil del Ecuador 2019

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CÓDIGO CIVIL Codificación 10 Registro Oficial Suplemento 46 de 24-jun.-2005 Ultima modificación: 22-may.-2016 Estado: Reformado H. CONGRESO NACIONAL LA COMISIÓN DE LEGISLACIÓN Y CODIFICACIÓN Resuelve: EXPEDIR LA SIGUIENTE CODIFICACIÓN DEL CÓDIGO CIVIL TITULO https://www.justicia.gob.ec/wp-content/uploads/2018/02/08-Codigo-Civil.pdf PRELIMINAR Parágrafo 1ro. De la ley Art. 1.- La ley es una declaración de la voluntad soberana que, manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite. Son leyes las normas generalmente obligatorias de interés común.

Código de Comercio

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http://www.lexis.com.ec/wp-content/uploads/2017/09/CODIGO-DE-COMERCIO.pdf TITULO PRELIMINAR DISPOSICIONES PRELIMINARES Art. 1.- El Código de Comercio rige las obligaciones de los comerciantes en sus operaciones mercantiles, y los actos y contratos de comercio, aunque sean ejecutados por no comerciantes. Art. 2.- Son comerciantes los que, teniendo capacidad para contratar, hacen del comercio su profesión habitual. Art. ...- Se considerarán comerciantes a las personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, domiciliadas en el Ecuador, que intervengan en el comercio de muebles e inmuebles, que realicen servicios relacionados con actividades comerciales, y que, teniendo capacidad para contratar, hagan del comercio su profesión habitual y actúen con un capital en giro propio y ajeno, mínimo de Treinta mil sucres para la jurisdicción de las Cámaras de Comercio de Quito y Guayaquil; de Ocho mil sucres para Cuenca, Manta y Bahía de Caráquez; y, de Cinco mil sucres para los demás...